DIPUTADOS Y DIPUTADAS

Proyecto de Régimen de Transición de Gobierno

Con participación de gremios estatales y el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, los legisladores analizaron en comisión el Proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo para regular la transición gubernamental.
07.02.2024 | 19:35
Durante una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General, que preside Marcelo López; y de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, que encabeza Gabriela Lena, la Cámara de Diputados de Entre Ríos continuó este miércoles con el análisis del proyecto de ley de Régimen de Transición de Gobierno enviado por el Poder Ejecutivo.

Del encuentro, realizado en el recinto de la Cámara, participaron representantes de sectores involucrados en los alcances de la norma: Oscar Muntes, Secretario General de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE); Ignacio Lozano, asesor legal de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN); Sergio Almeida, titular de la Asociación del Personal Legislativo de Entre Ríos (APLER), y Gonzalo García Garro, director del Instituto de Derecho Constitucional y Administrativo del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER).

El diputado Bruno Sarubi (Juntos por Entre Ríos), quien integra la Comisión de Asuntos Constitucionales, destacó: “Venimos de varias reuniones de bloques y asesores, hemos escuchado incluso a los funcionarios del Poder Ejecutivo, y se han consensuado algunas modificaciones”. Esos cambios, indicó Sarubi, se refieren, uno, al periodo que contempla el proyecto para la transición gubernamental; otro, a la autonomía municipal; y hay más que se siguen conversando.

Por su parte, Muntes dijo que “es muy importante la invitación a los sindicatos” para analizar la iniciativa, al tiempo que manifestó su apoyo al ordenamiento del régimen de transición. También, planteó que se deben precisar las excepciones a la prohibición de nombramiento de personal en el último año de gestión, en función de respetar los acuerdos paritarios, hasta tanto no se cuente con un convenio colectivo o regulación del Régimen Jurídico Básico.

En tanto, Ignacio Lozano coincidió con Muntes en el planteo de la modificación del artículo 5 por entender que “no contempla como excepción a trabajadores que han obtenido sus cargos a través de las negociaciones paritarias”.
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