DIPUTADOS

La modificación del juicio por Jurado con media sanción

En una votación dividida, la Cámara de Diputados provincial aprobó la modificación de la ley que regula los juicios por jurado. La iniciativa busca que los jurados actúen solo en casos cuyas posibles penas sean superiores a los 20 años. 
 
02.07.2025 | 15:53
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales que modifica los artículos 2°, 46° y 96° de la Ley N° 10.746 de Juicio por Jurados.

La presidenta de dicha comisión legislativa, Gabriela Lena (Juntos por Entre Ríos) fue la encargada de fundamentar la necesidad de avanzar en el proyecto: “La modificación de los artículos 2, 46 y 96 no vulneran el espíritu de la ley, sino que permiten operativizar el sistema”.

Tras brindar precisiones sobre las reformas, sostuvo que “Entre Ríos junto a buenos Aires y Córdoba fue pionera en la implementación de los juicios por jurados, pero el despliegue en la provincia ha sido muy lento”.

“Desde 2019 a 2025 solo se han realizado 50 juicios por jurados y el 80% de estos se concentraron en Paraná, Concordia y Gualeguaychú”, indicó la diputada y sostuvo que “hay más de 155 causas que están pendientes”, por lo que llevaría alrededor de cuatro años y medio ponerse al día y, sumando los nuevos, “se generaría un cuello de botella importante”,

“El promedio de duración de un juicio por jurado duplica al de un juicio técnico y eso genera también un cuello de botella, gastos presupuestarios y una dilación del servicio de justicia, tanto para la víctimas como para los acusados”, añadió.

“Creemos que el Estado debe administrar los recursos humanos, técnicos y económicos de una manera responsable para garantizar el acceso a una justicia de calidad”, agregó Gabriela Lena.

Y enseguida aclaró que “esta ley no se está derogando, no se está vaciando un sistema de participación ciudadana, sino que se está garantizando un acceso eficaz para casos que son gravísimos”.

“Democratizar la justicia no es solo convocar al pueblo al estrado, democratizar la justicia es también garantizar que ese llamado sea real, posible, justo y sostenible”, destacó, por lo que remarcó: “Reafirmamos nuestra convicción con este sistema, pero con los ajustes necesarios para que sea un derecho efectivo y no una declamación vacía”.

“La  Justicia no es un edificio, no es un expediente. La Justicia son las personas y este sistema tiene que estar pensado para ellas: para quienes juzgan, para quienes son juzgados y para todas aquellas personas que están esperando respuestas”.

Por su parte, la diputada justicialista Laura Stratta adelantó que el bloque iba a votar dividido porque hay “diversas miradas sobre el tema”.

Enseguida cuestionó que las tres modificaciones se hayan concentrado en un solo artículo del proyecto, ya que ello impidió la posibilidad de “acompañar en general y disentir en particular”.

Luego mencionó que la Cámara de Diputados de la Nación está debatiendo un proyecto impulsado por Gustavo Bordet que busca la sanción de la ley de jurados a nivel nacional y amplía las competencias que tiene la norma, en contraposición con este proyecto que las restringe”.

Finalmente, al argumentar su rechazo a los cambios, consideró que “es un Instituto demasiado joven para hacer una evaluación certera de su funcionamiento y plantear modificaciones”.

Inmediatamente el diputado justicialista Sergio Castrillón adelantó su voto positivo.

Los libertarios también votaron partidos: Carlos Damasco (Fe y Libertad) votó a favor; Roque Fleitas (La Libertad Avanza) también. Débora Todoni, en contra. 
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Un proyecto resistido

El proyecto generó el rechazo de varios sectores vinculados a la escenario político y judicial: desde la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) advirtieron busca limitar la competencia del jurado popular a delitos con penas superiores a 20 años, consideraron que la medida representa un retroceso constitucional y constituye una amenaza al derecho ciudadano de intervenir en la justicia penal.

“La propuesta, originada en un sector minoritario del Poder Judicial, es flagrantemente inconstitucional, ya que limita el derecho de la ciudadanía a participar en la administración de justicia penal que reconoció la Cortes Suprema”, se señaló oportunamente desde el Instituto Derecho Penal, Procesal y Criminología del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos.

En tanto, desde el Instituto de Derecho Penal y la Asociación de Víctimas de Delitos Aberrantes (Vidaer) también expresaron su profundo rechazo a la reforma de la Ley de Juicio por Jurados: argumentan que la modificación es "ilegítima e inconstitucional" y quitará poder a la ciudadanía en decisiones judiciales cruciales, contraviniendo la Constitución Nacional y generando un posible aluvión de litigios.
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