FALTA DE MÉRITO
Sobreprecios en la CARU: Vazón, Satto y Orrico zafaron “por el momento”
El juez Hernán Viri resolvió la falta de mérito para los uruguayenses Mauro Vazón, Jorge Satto y Juan Ruiz Orrico en la causa que investiga si hubo sobreprecios en el dragado del río Uruguay cuando eran funcionarios en la CARU. La causa sigue abierta, aclaró Viri.
01.04.2026 | 08:57
“Por el momento”, tal cual se encargó que de aclarar el juez federal Viri en su resolución, Vazón, Satto y Orrico no fueron procesados en la causa penal que investiga si en el 2017 hubo pago de sobreprecios en la licitación de dragado en la CARU, cuando los imputados eran Presidente y delegados, respectivamente, de la parte argentina.
En su resolución de 18 páginas, a la que accedió BABEL, el juez sostuvo que debe acceder a más pruebas para determinar qué sucedió en la licitación y si se pagaron sobreprecios. “Considero que —por el momento— los elementos de prueba incriminatorios con que se cuentan no revisten la entidad suficiente como para dictar el auto de procesamiento (...) respecto de los nombrados Jan de Nul, Ruiz Orrico, Satto y Vazón, pero tampoco resultan lo suficientemente categóricos o certeros como para poder desvincularlos de la presentes pesquisa y en consecuencia dictar sus sobreseimientos”, sentenció.
Entre las pruebas a producir, el magistrado citó a declarar a los ex titulares de la CARU, parte argentina, Héctor Retamar y Hernán Orduna, además de Marcelo Persichini, representante técnico firma que había ganado la licitación, Jan De Nul.
“En efecto, en virtud del plexo probatorio incriminatorio colectado hasta el momento y frente a los relatos exculpatorios esgrimidos por los imputados en sus respectivas declaraciones indagatorias (como así también de las presentaciones que han plasmado en el expediente) han generado en el suscripto una duda razonable respecto de la relevancia jurídica penal que reviste el hecho investigado en autos, que sólo podrá ser despejado con la producción de determinadas medidas probatorias”, indicó Viri.
El magistrado, en dos oportunidades, aclaró que no hubo procesamientos “por ahora”.
En su resolución de 18 páginas, a la que accedió BABEL, el juez sostuvo que debe acceder a más pruebas para determinar qué sucedió en la licitación y si se pagaron sobreprecios. “Considero que —por el momento— los elementos de prueba incriminatorios con que se cuentan no revisten la entidad suficiente como para dictar el auto de procesamiento (...) respecto de los nombrados Jan de Nul, Ruiz Orrico, Satto y Vazón, pero tampoco resultan lo suficientemente categóricos o certeros como para poder desvincularlos de la presentes pesquisa y en consecuencia dictar sus sobreseimientos”, sentenció.
Entre las pruebas a producir, el magistrado citó a declarar a los ex titulares de la CARU, parte argentina, Héctor Retamar y Hernán Orduna, además de Marcelo Persichini, representante técnico firma que había ganado la licitación, Jan De Nul.
“En efecto, en virtud del plexo probatorio incriminatorio colectado hasta el momento y frente a los relatos exculpatorios esgrimidos por los imputados en sus respectivas declaraciones indagatorias (como así también de las presentaciones que han plasmado en el expediente) han generado en el suscripto una duda razonable respecto de la relevancia jurídica penal que reviste el hecho investigado en autos, que sólo podrá ser despejado con la producción de determinadas medidas probatorias”, indicó Viri.
El magistrado, en dos oportunidades, aclaró que no hubo procesamientos “por ahora”.


